Definición
Los elementos clave:
Identificación del bien:
La descripción detallada del inmueble objeto de la transacción es esencial en el contrato. Esta descripción incluirá características específicas del bien, como su ubicación geográfica, dimensiones, linderos, características estructurales o cualquier otro detalle relevante que identifique claramente el bien que se está vendiendo y sobre el cual se ejerce el pacto de retroventa.Precio de venta inicial:
Plazo de retroventa:
Precio de retroventa:
Condiciones específicas:
El contrato de compraventa con pacto de retroventa establece un marco legal que permite la transferencia de propiedad con la opción de recompra en un período y por un precio determinado. Su redacción precisa y clara es esencial para evitar ambigüedades y conflictos futuros, protegiendo los derechos e intereses tanto del vendedor como del comprador.(alert-passed)
Modelo de Compra Venta con Pacto de Retroventa
Identificación y Comparecencia.
Comparecieron Juan Pérez, mayor de edad, vecino de Cali, identificado con la cédula de ciudadanía número 123456789 expedida en Cali, que en el texto del presente documento se denominará EL VENDEDOR, y María Gómez, también mayor de edad, vecina de Bogotá, identificada con la cédula de ciudadanía número 987654321 de Bogotá, que en adelante se designará como EL COMPRADOR, manifestaron que han convenido en celebrar un contrato de compraventa que se regulará por las disposiciones legales aplicables y en especial por las siguientes cláusulas:
Primera. Objeto.
-Que el VENDEDOR transmite al COMPRADOR a título de compraventa el bien inmueble ubicado en la ciudad de Medellín, al cual corresponden los siguientes linderos que se describen de la siguiente manera:
Al norte: Colinda con la calle principal de la urbanización, la Avenida de las Palmas.
Al sur: Limita con un pequeño arroyo y la zona recreativa del barrio.
Al este: Se extiende hasta el límite del terreno con la residencia de la Familia Gutiérrez.
Al oeste: Se encuentra adyacente al parque público del sector, identificado como Parque de los Robles.
Segundo. Tradición.
-Que el VENDEDOR es propietario del bien relacionado en la cláusula anterior, por haberlo adquirido mediante contrato de compraventa celebrado con David López, según consta en la escritura pública número 9876, otorgada ante la Notaría Primera del Círculo de Medellín el día 8 de enero de 2010 e inscrita en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Medellín el día 15 de enero de 2010 bajo el folio de matrícula inmobiliaria número 123456789.
Tercera. Situación del Inmueble.
-Que el inmueble objeto del presente contrato se encuentra libre de embargo, pleito pendiente, condición resolutoria, patrimonio de familia, censo, anticresis o limitación alguna de dominio. Sin embargo, en todo caso el VENDEDOR saldrá al saneamiento en los casos de ley.
Cuarta. Precio.
-Que el precio de la compraventa es la suma de $200,000,000 (doscientos millones de pesos colombianos) que el COMPRADOR se compromete a pagar de la siguiente forma: Un pago inicial de $50,000,000 (cincuenta millones de pesos colombianos) a la firma de este contrato como anticipo.
Cuatro pagos parciales mensuales consecutivos de $37,500,000 (treinta y siete millones quinientos mil pesos colombianos) cada uno, a partir del primer mes posterior a la firma de este contrato.
El saldo restante de $50,000,000 (cincuenta millones de pesos colombianos) se cancelará dentro de los seis meses siguientes a la fecha de este contrato, ajustado por cualquier cargo adicional acordado en cláusulas posteriores.
Quinta. Pacto de Retroventa.
-Que las partes acuerdan que el VENDEDOR se reserva la facultad de recobrar el bien inmueble que transmite por la presente convención, ejercitando el pacto de retroventa que aquí se estipula, en las condiciones, plazo y precio que a continuación se señalan.
Sexta. Plazo.
-Que la facultad que se reserva el VENDEDOR podrá ser ejercida dentro de un plazo máximo de 5 (cinco) años, contados desde el otorgamiento de esta escritura.
Séptima. Precio de Retroventa.
-Los contratantes fijan como precio para la retroventa la suma de $250,000,000 pesos ($250,000,000), cantidad que deberá pagar el VENDEDOR al COMPRADOR en el momento mismo de la entrega material del inmueble.
Octava. Preaviso.
-El VENDEDOR está en la obligación de dar aviso al COMPRADOR, por lo menos con 6 (seis) meses de anterioridad a la fecha en que se ha decidido ejercer el derecho que la retroventa le confiere.
Novena. Transmisión del bien.
-El COMPRADOR se obliga a no enajenar el bien, salvo que el VENDEDOR lo admita de manera expresa y escrita y se inserte en el texto del respectivo documento público de enajenación la situación de estar afectado por el pacto de retroventa que ahora se celebra.
Parágrafo.-La constitución de gravamen hipotecario queda prohibida y de efectuarse quedará resuelta una vez se dé cumplimiento al pacto de retroventa.
Décima. Cláusula compromisoria.
-Las partes convienen que en el evento en que surja alguna diferencia entre las mismas, por razón o con ocasión del presente contrato, será resuelta por un tribunal de arbitramento cuyo domicilio será Bogotá, integrado por tres árbitros designados conforme a la ley.
Firmas:
Firma del vendedor: Juan Pérez
Firma del comprador: María Gómez
Análisis Final del Contrato
El contrato presentado, un Modelo de Compraventa con Pacto de Retroventa, es un documento legal detallado que establece los términos y condiciones bajo los cuales Juan Pérez, en calidad de vendedor, transfiere un bien inmueble ubicado en Medellín a María Gómez, el comprador. Este contrato se rige por las disposiciones legales aplicables y contiene cláusulas fundamentales que regulan aspectos esenciales de la transacción, incluyendo los linderos del inmueble, la historia de la propiedad, el precio, el pacto de retroventa, la duración de este, entre otros aspectos relevantes.
La identificación precisa del inmueble mediante la descripción detallada de sus linderos es crucial en este tipo de contratos, ya que delimita con exactitud el bien objeto de la transacción. Esta información proporciona claridad y certeza a las partes involucradas, en este caso, mencionando puntos cardinales y puntos de referencia cercanos.
La sección referente a la tradición del bien evidencia la legitimidad de la propiedad por parte del vendedor, citando la escritura pública y su inscripción en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, lo que respalda el derecho de Juan Pérez para llevar a cabo la compraventa.
El apartado que aborda la situación del inmueble asegura que la propiedad se encuentra libre de cargas, gravámenes, o limitaciones de dominio, proporcionando seguridad jurídica al comprador, quien adquiere la propiedad libre de problemas legales o financieros.
El precio de venta, estipulado en $200,000,000 con un detalle de pagos iniciales y parciales, así como el saldo restante, establece claramente los términos financieros acordados entre las partes, facilitando un entendimiento claro de las obligaciones monetarias.
La inclusión de un Pacto de Retroventa es una característica distintiva de este contrato, otorgando al vendedor la facultad de recomprar el inmueble en un período máximo de 5 años, pagando un precio de retroventa de $250,000,000. Esto brinda a Juan Pérez la oportunidad de recuperar la propiedad en el futuro, bajo condiciones preestablecidas.
La cláusula referente al preaviso proporciona un marco temporal al vendedor para ejercer su derecho de retroventa, permitiendo al comprador estar informado y prepararse para una posible recompra.
Además, se establece la prohibición de gravamen hipotecario sobre el bien, salvaguardando los intereses del comprador y asegurando que cualquier carga financiera sea resuelta al cumplirse el pacto de retroventa.
Finalmente, la inclusión de una cláusula compromisoria que establece un tribunal de arbitramento en caso de controversias futuras demuestra la voluntad de ambas partes de resolver cualquier disputa de manera imparcial y legalmente vinculante.
En sintesis, este contrato de compraventa con pacto de retroventa está meticulosamente redactado y aborda integralmente los aspectos legales, financieros y temporales de la transacción, proporcionando protección y claridad tanto al vendedor como al comprador en el proceso de transferencia de la propiedad. Las firmas de Juan Pérez y María Gómez validan su consentimiento y aceptación de los términos estipulados en el contrato.(alert-success)